Pensionan 1,794 personas del sector salud y 2006 pensiones solidarias por vejez y discapacidad

Pensionan 1,794 personas del sector salud y 2006 pensiones solidarias por vejez y discapacidad

Santo Domingo, R.D. – A través del decreto No. 782-22 el presidente Luis Abinader otorgó 1,794 pensiones al sector salud por vejez y discapacidad.

El primer artículo establece una pensión especial del Estado dominicano por un monto de 75,000 pesos mensuales a 174 gremialistas meritorios del sector Salud.

El segundo concede una pensión especial a 106 personas de la Asociación Nacional de Bioanalistas del IDSS-SNS.

El tercero, a 446 personas del Colegio Dominicano de Odontólogos y la Asociación Odontológica.

El cuarto, a 383 personas del Colegio Dominicano de Bioanalistas (CODOBIO).

El quinto concede una pensión especial a 103 personas dentro de la Federación Nacional de Mujeres Trabajadoras (FENAMUTRA) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud (SINATRASALUD).

El sexto, a 31 enfermeras de la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD).

El séptimo concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a 469 personas del Colegio Dominicano de Profesionales de la Enfermería (CODOPENF).

Y por último, el octavo concede una pensión especial a 82 administrativos del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS).

Pensionan 2006 personas por vejez y discapacidad

Asimismo, el presidente Luis Abinader pensionó a 2,006 personas por vejez y discapacidad mediante el Decreto No. 769-22 otorgó pensiones por vejez y discapacidad por un monto de seis mil pesos.

Las pensiones equivalen al 60 % del salario mínimo del sector público, conforme a los mecanismos establecidos en las resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social.

El referido Decreto establece los beneficios de los que gozarán los pensionados, entre los que resaltan:

1. Una pensión extra de Navidad.

2. Actualización de acuerdo con el índice de Precios al Consumidor (IPC).

3. Un Plan Básico de Salud cubierto por el Estado dominicano.

Igualmente, indica el método de evaluación y régimen de incompatibilidades de las pensiones solidarias.

Dichas pensiones serán evaluadas cada dos años, a fin de verificar si persisten los requisitos mínimos para su otorgamiento.

Además, explica las razones por las que pueden ser extinguidas las pensiones solidarias según las causales que se enumeran a continuación:

1. Disfrutar de cualquier otra pensión de los planes existentes o que los beneficiarios vivan en hogares de cuidado.

2. Recibir ingresos por trabajos remunerados que excedan el 50 % del salario mínimo nacional.

3. Solicitar ayuda en las vías públicas o dedicarse a actividades contrarias a la moral y a las buenas costumbres.

El Decreto instituye que el pago de las pensiones otorgadas a través del Poder Ejecutivo será por el fondo destinado para esos fines denominado “Pensiones Solidarias”, ejecutadas por la Dirección de General de Pensiones y Jubilaciones a cargo del Ministerio de Hacienda.

Redacción

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